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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365419
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1744
LANZAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1744
Si bien existe la jurisprudencia de que contra las resoluciones dictadas durante el periodo de lanzamiento no procede el amparo, porque son actos reparables dentro de juicio, también lo es que si las diligencias se promueven, no contra quien tiene el carácter de inquilino, sino contra quien se ostenta propietario del inmueble, ya no es aplicable esa jurisprudencia, y debe concederse la protección federal, aun cuando la escritura que sirva de base a su reclamación, haya sido declarada nula por sentencia ejecutoria, pues los derechos que de tal fallo puedan derivarse deberán hacerse valer en el juicio en que ejecutoria se dicte, y no en una providencia de lanzamiento, que sólo se refiere al contrato de arrendamiento.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2310/29. Bonilla Eliseo J. 25 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Joaquín Ortega.
Quinta Epoca:
Tomo XXVI, página 2584. Indice Alfabético. Amparo 6/29. Medina Camilo C. 27 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Francisco H. Ruiz.