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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365428
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1807
PUNTOS DUDOSOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1807
Cuando se trata de un punto opinable de derecho, la resolución de los tribunales no puede dar lugar al amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 361/28. Rico de Flores Elvira. 29 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.