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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365432
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1811
AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1811
Sólo procede contra las sentencias definitivas, respecto de las cuales no cabe ningún recurso ordinario, por virtud del cual, puedan ser modificadas o reformadas, o contra las violaciones del procedimiento que oportunamente se hayan reclamado y cuando afecten las partes sustanciales de él.
Precedentes
Amparo civil directo 630/20. Signoret Honorat y Compañía, sucesores. 29 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.