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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1812
DOCUMENTOS PRIVADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1812
En los juicios mercantiles, no basta que los documentos privados exhibidos por una de las partes, no se objeten por la contraria, para que se tengan por reconocidos, pues ningún precepto del Código de Comercio ordena tal cosa, y no pueden aplicarse como supletorias las disposiciones de los Códigos de Procedimientos Civiles, por existir mandamientos expresos en el Código de Comercio.
Precedentes
Amparo civil directo 630/20. Signoret Honorat y Compañía, sucesores. 29 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.