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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365445
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1841
COMPULSA DE LIBROS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1841
La mente del legislador, al prohibir la pesquisa de oficio y la comunicación, entrega o reconocimiento general, a instancia de parte, de los libros y documentos de los comerciantes, no ha sido otra que la de garantizar el secreto de los negocios comerciales, para el mayor éxito de éstos. Esa pesquisa de oficio no puede hacerse sino para el simple hecho de ver si los libros y documentos tienen los timbres correspondientes; y la comunicación, entrega o reconocimiento general de los libros de los comerciantes, sólo procede en los casos de sucesión universal, liquidación o quiebra, o cuando la persona a quien pertenezcan esos libros o documentos, tenga interés o responsabilidad en el asunto en que procede la exhibición, la que se hará en su presencia, en su escritorio y se contraerá a los puntos que tengan relación directo con el asunto; en estos casos el Juez del conocimiento es quien debe estimar los puntos a que debe limitarse la compulsa, y si ésta se decreta sin limitaciones, se violan en perjuicio del comerciante, las garantías que le concede el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Compañía Constructora Latino Americana, S.A. 30 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.