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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1914
JUECES DEL ORDEN COMUN.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1914
Las resoluciones que dicten en auxilio de la Justicia Federal tienen el carácter de provisionales y, por lo mismo, no causan estado; en consecuencia, la revisión que se interponga contra dichas resoluciones, carece de materia.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1629/29. Rivera José Cruz. 3 de agosto de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.