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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365493
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2101
ALIMENTOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2101
El hecho de que el menor se sustraiga a la autoridad y vigilancia del tutor, no lo priva del derecho de alimentos, sino que sólo da al tutor la facultad de pedir a las autoridades que obliguen al menor si fuere pertinente, a que respete su autoridad; y no es sanción legal de cualquier falta que el menor cometa, negarle la pensión alimenticia.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3630/26. Hernández Gutiérrez Angel. 15 de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.