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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365536
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2303
REGISTRO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2303
Las actas del estado civil hacen prueba plena, y las objeciones a ellas, por falta de requisitos que entrañen su nulidad, deben ser materia del juicio contradictorio correspondiente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 853/26. Mayer Ernesto, sucesión de. 24 de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.