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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365571
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 119
AMPARO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 119
Si falta la demostración del hecho fundamental del concepto de violación, no puede tenerse ésta como acreditada.
Precedentes
Tomo XXV, página 2392. Indice Alfabético. Amparo 1241/27. Domínguez Toledano Miguel, sucesión de. 21 de febrero de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alberto Vázquez del Mercado y Francisco Díaz Lombardo. Relator: Joaquín Ortega.
Tomo XXV, página 119. Amparo civil directo 2919/23. Lavista de Martínez del Campo María. 15 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vázquez del Mercado.