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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 283
POSESION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 283
El justo título para poseer, no puede entenderse que consiste en la existencia de documentos jurídicos, sino en la causa en virtud de la cual se posee una cosa. Lo que la ley requiere, no es la existencia de esos documentos, sino que haya una justa causa de posesión, la existencia de la cual, es bastante para que al poseedor no se le considere de mala fe.
Precedentes
Amparo civil directo 1694/19. Padilla viuda de Munguía Nepomucena. 24 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.