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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365616
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 337
ESCRITURAS PUBLICAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 337
Tildada de nulidad una escritura, por la incapacidad mental de una de las partes contratantes, no puede tenerse la misma escritura, como prueba en contrario; pues el notario y los testigos instrumentales sólo podrán certificar la capacidad de los contratantes, en lo que se refiere a su edad y circunstancias perceptibles por los sentidos pero no aquella para la cual se necesitan conocimientos técnicos y especiales.
Precedentes
Amparo civil directo 697/28. Cassaza Alfieri, sucesión de. 26 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.