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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365631
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 406
ACTOS EJECUTADOS EN JUICIO
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 406
Los constituyentes, al referirse aquéllos, para la procedencia del amparo, no quisieron dar a entender que aludían a los casos en que ya estuviera contestada la demanda, sino a los ejecutados dentro del procedimiento judicial, para el efecto de fijar que sólo los irreparables dan lugar al recurso extraordinario de amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 905/26. Arias Rivera Rafael, sucesión de. 29 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.