Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/365640
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365640
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 451
LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 451
Aun cuando tiene carácter federal, no puede normar la interposición del recurso de amparo, establecido por la Constitución.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1015/26. Arias Briones Rafael. 31 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.