Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/365709
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
365709
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 810

DEMANDA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 810

Precedentes

Tomo XXV, página 2450. Indice Alfabético. Amparo 2693/27. Guzmán y Neyra Alfonso y coagraviado. 9 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alberto Vázquez del Mercado. Tomo XXV, página 810. Amparo civil en revisión 2692/27. Guzmán y Barberena Alberto E. 16 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Joaquín Ortega.
Registro digital (IUS): 365709