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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365726
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 894
POSESION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 894
Son motivos suficientes para tenerla por existente, la escritura de propiedad que exhiba el que alega tenerla, y que la misma posesión la reclame en juicio, aquel a quien pretenden otorgársela las autoridades, pues en la compraventa de inmuebles, éstos se consideran entregados desde el otorgamiento de la escritura, lo que entraña la presunción que sólo puede destruirse mediante pruebas legales.
Precedentes
Tomo XXV, página 2562. Indice Alfabético. Amparo en revisión 327/20. Bernal Isabel. 21 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alberto Vázquez del Mercado.
Tomo XXV, página 894. Amparo civil en revisión 326/20. Rojas Vidal. 21 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.