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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365728
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 898
REMISION DE LA DEUDA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 898
En Michoacán, el deudor tiene a su favor la presunción de remisión de pago, si en su poder está el documento que justifica la obligación, ya sea documento público o privado.
Precedentes
Amparo civil directo 1481/19. López Juana. 21 de febrero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.