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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365752
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1099
INTERDICTO DE OBRA NUEVA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1099
Para que haya responsabilidad civil en el interdicto de obra nueva, se necesitan dos elementos: la petición del que promueve el interdicto, por creerse perjudicado en su propiedad con una obra nueva, y la intervención del Juez y del escribano de diligencias; más si las actuaciones del interdicto quedaron nulificadas, por haber sido practicadas por autoridades ilegítimas, la responsabilidad civil que pudiera emanar de esas actuaciones, forzosamente desaparece; por otra parte, para que la responsabilidad civil sea exigible al que promovió el interdicto, se necesita una sentencia ejecutoriada que así lo declare.
Precedentes
Amparo civil directo 3045/26. Mangino Guadalupe. 1o. de marzo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.