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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365762
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1190
LETRAS DE CAMBIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1190
Para que se cumpla con el requisito legal de la aceptación, no es necesario el uso de palabras sacramentales. La aceptación tiene por único objeto hacer constar la voluntad del aceptante, de contraer la obligación en el contrato que celebra, y si el girado, después de la palabra "acepto", se limita sólo a poner su firma en el letra, es evidente que con ello manifiesta su voluntad de obligarse en el contrato de cambio.
Precedentes
Recurso de súplica 65/27. Villaseñor Antonio, sucesión de. 4 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.