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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1207
IMPEDIMENTOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1207
Los impedimentos del Juez del amparo, deben hacerse valer en el expediente principal y no en el incidente de suspensión, de acuerdo con lo mandado por el capítulo III, título I, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil. O'Reilly Francisco. 4 de marzo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.