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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365769
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1273
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1273
Para probar la posesión de los bienes afectados por virtud de juicio en que no es parte, no es indispensable que las escrituras correspondientes, hayan sido registradas, bastando con que estén anotadas en la oficina del catastro, para que quede probada la posesión.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1897/25. Villalobos de S. Heliodora. 7 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.