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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365852
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1702
PRESTACION DE SERVICIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1702
Si alguien requiere la prestación de servicios de otro, y tales servicios se prestan, el obligado es quien los solicita y no aquel en cuyo beneficio redundan, si quien los solicitó, no prueba que lo hizo con el carácter de mandatario o de representante legal del beneficiado.
Precedentes
Amparo civil directo 3710/24. García Beatriz y coagraviados. 22 de marzo de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alberto Vázquez del Mercado. La publicación no menciona el nombre del ponente.