Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/365856
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365856
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1724
RECURSOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1724
Indudablemente el concepto que el término recurso quiso dar la ley, no fue el limitativo de medio legal de atacar una determinación por la revocación, la apelación, la reposición, etcétera, sino el de todo medio legal tendiente a modificar una resolución judicial, y entre tales medios debe comprenderse el juicio ordinario, que sirva para atacar una determinación contra la cual no haya ninguno de los otros recursos, entendiéndose este término en su interpretación más restrictiva.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4343/25. Conde Camilo. 23 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.