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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365864
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1744
PAGOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1744
El pago hecho a un tercero, sin la autorización del acreedor, no extingue la obligación.
Precedentes
Amparo civil directo 879/28. Pérez Primitivo. 1o. de abril de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XV; página 544, tesis de rubro "PAGO.".
Tomo XIX; página 949, tesis de rubro "PAGO.".
Tomo XXI, página 252, tesis de rubro "PAGOS.".