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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365867
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1759
CORRECCIONES DISCIPLINARIAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1759
Contra las que impongan los Jueces de Distrito en el juicio de amparo, puede ocurrirse ante los mismos Jueces, solicitando la revocación, y por lo mismo, contra dichas correcciones no cabe la queja, por no estar comprendido el caso en el artículo 23 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 147/28. Gómez Eulalio. 1o. de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.