Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/365887
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365887
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1877
ACTOS CONSUMADOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1877
Contra los actos ya consumados, es improcedente conceder la suspensión, porque se le darían efectos restitutorios, que son propios de la sentencia que se dicta en cuanto al fondo del amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3455/28. Vidal Carlos A., sucesión de y coagraviado. 9 de abril de 1929. Mayoría de tres votos. Disidente: Carlos Salcedo. Excusa: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.