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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365904
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2002
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2002
Las únicas violaciones del procedimiento que autorizan a la Corte, al conocer en súplica, para nulificar dicho procedimiento y mandarlo reponer, son aquéllas que dejan sin defensa al suplicante, de acuerdo con lo mandado en el artículo 132, en relación con el 108 de la ley reglamentaria de los 103 y 104 constitucionales.
Precedentes
Recurso de súplica 135/26. López Bernardo. 15 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.