Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/365914
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365914
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2076
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2076
Si el Juez requerido declare que no es el caso de reconocer la competencia del requeriente, por estar concluidas las diligencias, no ha lugar a la remisión de los autos, puesto que se niega que la competencia pueda existir.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2052/27. Acres Arturo F. 18 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.