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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2150
PAGOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2150
Aunque los contratos celebrados durante la circulación fiduciaria, se hayan hecho consistir en documentos de los llamados "de cajón", toca al deudor justificar que recibió papel o billetes, pues la voluntad del legislador, seguramente fue dejar a cargo de dicho deudor, la prueba de la forma en que recibió el dinero.
Precedentes
Recurso de súplica 80/24. Solórzano Salvador G. 22 de abril de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alberto Vázquez del Mercado. La publicación no menciona el nombre del ponente.