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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de septiembre de 2008, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 56/2008-PS en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
365950
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1968

LEGADOS, EXISTENCIA DE LOS.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1968

Precedentes

Amparo civil directo 4845/37. Rivas Castellanos Mario. 2 de mayo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de septiembre de 2008, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 56/2008-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 365950