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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365984
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 116
SEGURO SOCIAL. INDEMNIZACIONES POR RIESGO PROFESIONAL. OBLIGACIONES CONTRACTUALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 116
El hecho de que en las diversas revisiones de un contrato colectivo de trabajo realizadas con posterioridad a la implantación del Seguro Social en el lugar que se encuentra establecida la empresa, se reafirme la cláusula que fija el número de días cuyo equivalente deberá pagarse por concepto de indemnización en caso de muerte de un trabajador, únicamente constituye la manifestación expresa y repetida de que dicho contrato está reafirmando a los trabajadores que, en todo caso, si la prestación del Seguro no alcanzara a pagar lo estipulado en él, la empresa garantiza este monto a sus trabajadores, siendo a su cargo las diferencias que resulten.
Precedentes
Amparo directo 6270/56. Guadalupe Luna Vda. de Pérez. 15 de abril de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.