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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365989
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 135
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. LA CARGA DE LA PRUEBA PARA DEMOSTRAR QUE SON DE CONFIANZA, CORRESPONDE AL TITULAR (VIGILANTES DE LA OFICINA DE PANTEONES DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 135
En la enumeración de empleados de confianza contenida en el artículo 4o. del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, no figuran los vigilantes de la Oficina de Panteones del Departamento del Distrito Federal, y si bien es cierto que en el inciso b) de la fracción II del mismo artículo se establece que los trabajadores que desempeñan funciones análogas a la de los empleados de confianza que en ella se indican, tendrán también igual carácter, también lo es que corresponde al titular la carga de la prueba para acreditar la analogía entre las funciones de los vigilantes de la Oficina de Panteones y las que desempeñan algunos de los trabajadores a que se refiere el inciso b) de la fracción II del artículo 4o. del Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Precedentes
Amparo directo 3246/56. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 22 de abril de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.