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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 365991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 136
CLAUSULA DE EXCLUSION, OBLIGACION DE LAS JUNTAS DE RESOLVER SOBRE LA REINTEGRACION DE LOS TRABAJADORES AL SINDICATO EN CASO DE APLICACION INDEBIDA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 136
Cuando se demanda la reinstalación y el pago de salarios caídos, por haber aplicado el sindicato indebidamente la cláusula de exclusión y el patrono acordado su cese, es indudable que la Junta está obligada a resolver lo que constituye propiamente la demanda contra el sindicato, o sea, la reintegración de los quejosos dentro del organismo sindical, ya que la empresa no puede ocupar más trabajadores que los pertenecientes al sindicato, de acuerdo con el contrato colectivo respectivo.
Precedentes
Amparo directo 4817/54. Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 22 de abril de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.