Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/366005
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366005
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 192
FALTAS DE ASISTENCIA, LA FALTA DE MATERIA PRIMA O LA DESCOMPOSTURA DE MAQUINARIA NO SON MOTIVO PARA QUE LOS TRABAJADORES INCURRAN EN.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 192
El hecho de que en una empresa falte materia prima o que esté descompuesta alguna maquinaria de la misma, no autoriza a los trabajadores para que dejen de asistir al centro de trabajo, pues tales circunstancias deben estimarse en el sentido de que pueden ser comisionados en otro departamento de la misma factoría o que estén sin hacer nada dentro de ésta, hasta en tanto se subsanen tales irregularidades, pero no que por motivos propios y sin autorización del patrón, dejen de asistir al centro de trabajo, pues tales motivos no justifican su inasistencia.
Precedentes
Amparo directo 4853/56. María de Jesús Solís Rivera. 29 de abril de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.