Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/366018
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366018
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 264
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PRESCRIPCION EN CASO DE DESPIDO INJUSTIFICADO EN EL ESTATUTO JURIDICO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 264
Si en ninguna de las fracciones que contiene el artículo 87 del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado que establecen las excepciones a la regla general de prescripción, está contenida la de que prescribirán en un mes las acciones de los trabajadores al servicio del Estado, para pedir el cumplimiento de los efectos del nombramiento, como dicho Estatuto tiene su propio Capítulo de prescripción no es el caso de acudir a la Ley Federal del Trabajo, en donde sólo se encontraría la regla general también de prescripción de un año, puesto que por disposición legal las excepciones que dicha Ley establece no puede aplicarse sino a los casos estrictamente previstos en ellas.
Precedentes
Amparo directo 3240/56. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 6 de mayo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante.