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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366060
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 443
FALTAS. LA PRESCRIPCION SOLO CORRE DESPUES DE LA INVESTIGACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 443
La investigación de las faltas de los trabajadores es un requisito para que se actualice la acción disciplinaria de una empresa, razón por la que el término de prescripción de esa acción no principia a correr desde la fecha de las faltas si no a partir de la fecha en que las mismas son comprobadas como resultado de la investigación previa correspondiente, pues de no aceptarse ese criterio, se correría el riesgo de considerar prescrita la acción antes de su nacimiento, lo que sería absurdo.
Precedentes
Amparo directo 5994/56. American Smelting Refinig Co. 21 de junio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.