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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366095
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 212
LABORES. CAMBIO DE LAS ENCOMENDADAS AL TRABAJADOR COMO CAUSA DE RESCISION O COMO DESPIDO INJUSTIFICADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 212
Tratándose del despido injustificado de un trabajador, la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido la tesis de que: "Basta con que el patrón impida, por cualquier medio, que el obrero ejercite el derecho que le da su contrato a desempeñar su trabajo o que se rehuse a ministrarlo éste, para que incurra en la sanción fijada por la Ley, ya que con ese procedimiento priva al trabajador del derecho a la vida, sin que sea preciso que el asalariado sea despido materialmente". El criterio anterior es de exacta aplicación en el caso de que se impida al trabajador desempeñar sus labores acostumbradas, pretendiéndose que trabaje en otras. Ahora bien, independientemente de que esta circunstancia pudiera haberse utilizado como fundamento para reclamar la rescisión del contrato de trabajo, también puede utilizarse, interpretando extensivamente los hechos, como un despido injustificado.
Precedentes
Amparo directo 1678/56. Talleres y Construcciones, S.A. 24 de enero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.