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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366104
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 276
PRESCRIPCION DE LA ACCION DE RESCISION, CARGA DE LA PRUEBA Y COMPUTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 276
Si el trabajador despedido alega en su favor que para la fecha en que se le comunicó la rescisión del contrato había transcurrido ya un mes contado desde que el patrón tuvo conocimiento de los hechos que motivaron el despido, debe probar esa circunstancia, pues de no hacerlo el cómputo de la prescripción tiene que hacerse desde el día en que el patrón confiesa haberlos conocido.
Precedentes
Amparo directo 5431/55. Ferrocarriles Nacionales de México. 1o. de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.