Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/366109
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366109
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 289
CONCEPTOS DE VIOLACION, INEFICACIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 289
Cuando la parte quejosa no combate los razonamientos en que la responsable funda su fallo, el mismo queda, por este motivo, firme en todas sus partes, por la circunstancia de no demostrarse su inconstitucionalidad.
Precedentes
Amparo directo 3145/52. Fernando Robles. 4 de febrero de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante.