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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 374
HORAS EXTRAORDINARIAS, PRUEBA DEL TRABAJO EN.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 374
Cuando se reclama trabajo en horas extraordinarias, es el reclamante el que está obligado a probar que las trabajó, precisando el número diario de ellas, pero no basta demostrar en forma vaga y general que se realizó trabajo fuera de la labor ordinaria, sino que deben probarse de momento a momento, esto es, a qué horas comenzaba la labor extraordinaria y cuando concluía, a fin de que se pueda computar su monto, pues como han de pagarse por horas y a salario doble, es necesario que el juzgador precise éste, en forma que no lesione intereses y cuando esto no ocurre ha de absolver por falta de base para precisarlas.
Precedentes
Amparo directo 10/56. Secretario de Recursos Hidráulicos. 15 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.