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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366134
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 436
DESPIDO JUSTIFICADO, ROBO COMO CAUSA DE. LAS JUNTAS PUEDEN RESOLVER SIN ESPERAR LA RESOLUCION DE LAS AUTORIDADES PENALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 436
Para determinar si un trabajador cometió robo en perjuicio del patrón y decidir si por ello fue justificadamente despedido, las Juntas de Conciliación y Arbitraje no necesitan esperar la resolución de la autoridad penal que conozca del proceso respectivo, sino que en sus laudos pueden resolver que se probó la existencia de esa falta, aunque la resolución sólo surte efectos en el aspecto de la relación laboral.
Precedentes
Amparo directo 2945/55. Ferrocarriles Nacionales de México. 25 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.