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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366162
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 573
PATRON CONSTITUIDO POR PERSONA MORAL. FORMALIDADES EN LA DEMANDA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 573
Cuando una persona moral contrata los servicios de un trabajador, el convenio respectivo puede hacerlo en su nombre, la persona o personas físicas que estén facultadas para ello, sin que esto eluda las obligaciones de aquélla, por lo que en caso de conflicto basta con citar en la demanda a la institución respectiva para señalarla como la obligada en la relación contractual entre ésta y el actor, sin que se haga necesario citar el nombre de la persona física que contrató los servicios del trabajador, ya que además, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 440 y 512 de la Ley Federal del Trabajo, no se exige forma determinada para la exposición de la reclamación, bastando con precisar los puntos petitorios y los fundamentos de los mismos.
Precedentes
Amparo directo 6632/55. Banco Nacional de Crédito Agrícola y Ganadero, S. A. 13 de marzo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo.