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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366172
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 577
CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO FIJO, EFECTOS DE LA TERMINACION DEL, CUANDO NO SE DEMANDA LA PRORROGA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 577
Si un trabajador que ha sido contratado a tiempo fijo demanda de su patrón el cumplimiento del contrato con él celebrado, sin reclamar al mismo tiempo la prórroga de los efectos de éste, en función del artículo 39 de la Ley Federal del Trabajo, por considerar que subsisten las causas que dieron origen a su celebración y la materia del Trabajo, las Juntas pueden absolver por considerar probada la defensa que se hizo consistir en la existencia del contrato a tiempo fijo, no siendo violatoria de garantías la resolución en este sentido, en virtud de que la Junta del conocimiento no pudo tomar en cuenta la cuestión de la prórroga que no se le planteó.
Precedentes
Amparo directo 2874/56. Secretario de Marina. 13 de marzo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo.