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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 584
EMBARGO. EFECTOS DEL PAGO POR DERECHOS DE INSCRIPCION HECHO EXTEMPORANEAMENTE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 584
Si el ejecutante no paga oportunamente los derechos que causa la inscripción del acta de embargo, y no es sino hasta pasado cierto tiempo cuando lo efectúa, ya con posterioridad a la fecha en que el tercerista adquirió el inmueble, su inscripción surte sus efectos a partir de la fecha del pago, y no se retrotrae al día en que presente para su registro la copia de ese embargo de conformidad con el artículo 22 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Distrito Federal, que estatuye que cuando se omita ese pago se devolverá el documento a la Oficialía de Partes, ordenándose la cancelación del asiento de presentación.
Precedentes
Amparo directo 3155/55. Banco de Guadalajara, S. A. 14 de marzo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.