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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366179
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 585
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, CONSTITUCIONALIDAD DEL REGLAMENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 585
El Reglamento del Registro Público de la Propiedad de veintiuno de junio de mil novecientos cuarenta, fue expedido por el Presidente de la República en uso de la facultad que le concede la fracción I del artículo 89 de la Constitución General de la República; luego no fue expedido por autoridad incompetente. De consiguiente no hay motivo para estimar inconstitucionales las disposiciones de referencia del Reglamento citado.
Precedentes
Amparo directo 3155/55. Banco de Guadalajara, S. A. 14 de marzo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.