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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366198
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 630
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, EL CESE DE LOS, OPERA HASTA LA RESOLUCION DEL TRIBUNAL DE ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 630
El trabajador del Estado que de motivo para la terminación de los efectos de su nombramiento puede ser desde luego suspendido en el trabajo, si con ello está conforme la directiva del sindicato a que pertenece, pero si no es así el jefe de la oficina puede ordenar su remoción a otra hasta que sea resuelto en definitiva el conflicto por el Tribunal, de lo que se infiere que en todos los casos previstos en la fracción V del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado, en tanto no haya resolución del Tribunal de Arbitraje, no cesarán los efectos del nombramiento, situación distinta de la que establece la Ley Federal del Trabajo para los trabajadores que prestan sus servicios a patrones particulares.
Precedentes
Amparo directo 2031/56. Hospital Infantil. 15 de marzo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.