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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 217
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, LA ACCION DEL TITULAR DE UNA DEPENDENCIA BUROCRATICA PARA CESAR A LOS, NO CONSTITUYE UNA SANCION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 217
La acción intentada por el titular, para cesar a determinado trabajador, no constituye propiamente una sanción, pues en caso de que se considere probada por el Tribunal de Arbitraje, tiene como única y definitiva finalidad la de que cesen los efectos del nombramiento relativo, y en consecuencia, se rompa toda relación entre empleado y titular referida al nombramiento que dejó de existir.
Precedentes
Amparo directo 5623/55. Modesto Ortega Olivares. 11 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.