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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366254
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 325
VETERANOS DE LA REVOLUCION. NO LO SON LOS DEFENSORES DE VERACRUZ NI LOS MIEMBROS DE LA LEGION DE HONOR MEXICANA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 325
Para considerar a un trabajador al servicio del Estado protegido por la Ley En Favor De Los Veteranos de la Revolución, no basta que haya sido uno de los defensores del Puerto de Veracruz en el año de mil novecientos catorce y miembro de la Legión de Honor Mexicana, ya que el artículo 2o. de la citada Ley señala en forma limitativa a los que deben ser considerados como veteranos de la revolución, entre los que no se encuentran los defensores del Puerto de Veracruz ni los miembros de la Legión de Honor Mexicana.
Precedentes
Amparo directo 5568/55. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 25 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.