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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 326
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SUS FALTAS DE ASISTENCIA, NO CONSTITUYEN LA CAUSAL DE DESOBEDIENCIA, PARA DAR POR TERMINADO EL NOMBRAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 326
Las faltas de asistencia, no constituyen la causal prevista en el inciso g) de la fracción V del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, pues para ésto se requiere que el trabajador desobedezca sistemática o injustificadamente las órdenes que reciba de sus superiores.
Precedentes
Amparo directo 5794/54. Secretario de Salubridad y Asistencia. 25 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.