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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366264
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 391
TRABAJADOR, LA SIMPLE DESIGNACION DE UNA PERSONA CON TAL CALIDAD, NO DA LUGAR A LA EXISTENCIA DE UN CONTRATO DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 391
El hecho de que el demandado designe al actor como trabajador, no quiere decir que le sea reconocida tal calidad en relación con la designación del artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo y mucho menos, aunque exista relación contractual, en los términos del artículo 17 de la ley invocada, entre actor y demandado, y lo mismo cabe aducir por lo que respecta a la denominación de trabajador, empleada por las Juntas en sus laudos.
Precedentes
Amparo directo 5329/55. Norberta Tenorio. 5 de noviembre de 1956. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.