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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 366288
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 526
DESPIDO INJUSTIFICADO, PRESCRIPCION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 526
Si en una reclamación obrera en que el patrón demandado ha hecho valer la excepción de prescripción en contra de una de las acciones a que se refiere la fracción XXII del artículo 123 constitucional, se tiene por cierto que el despido de un trabajador ocurrió en un día conocido, debe entenderse que el término prescriptorio de un mes empieza a correr, en el caso más favorable para el actor, al día siguiente del despido aunque éste sea feriado, porque la Ley sólo toma en cuenta para excluir del cómputo, por ser día feriado, el último del término, más no el primero.
Precedentes
Amparo directo 905/56. Socorro Saucedo Navarro. 16 de noviembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.